La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022, según la siguiente tabla:
• Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros
• Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 3.000 euros
En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.
Sólo se admitirá la adscripción del mismo trabajador a un único establecimiento comercial.
Forma de Pago
El abono se realizará en un único pago tras la concesión y aceptación expresa de la Resolución de concesión
Solicitud y documentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 27 de junio de 2022 a las 09:00 h y finalizará el 27 de julio de 2022 a las 08:59,99h.
El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente a través la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Tramitación electrónica
Véase: Orden
Para más información, contactar con MUGAN , info@mugan-irun.com