El programa, impulsado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, subvenciona la compra de bienes en los establecimientos adheridos mediante un sistema de bonos-descuentos.
Cada bono tiene un valor de 10 euros, aplicable sobre compras mínimas de 30 euros y los consumidores podrán beneficiarse de hasta tres bonos.
Cada persona que tenga más de 16 años con residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi podrá utilizar hasta 3 bonos en una o varias compras.
El periodo de canje de bonos en los establecimientos será del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2024.
Podrán participar en esta iniciativa los comercios y servicios gestionados por autónomos, micro y pequeñas empresas comerciales. Véanse IAEs incluidos en Anexo II de la orden.
El plazo para que los establecimientos puedan adherirse al programa será entre el día 24 y el 30 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Los establecimientos interesados deberán formalizar el correspondiente formulario de adhesión disponible en: https://www.euskadibonodenda.eus/
Los solicitantes, además de cumplimentar el formulario de adhesión con la declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos de la Orden, deberán presentar la siguiente documentación:
- Número de identificación fiscal. (DNI en caso de autónomos y CIF en caso de personas jurídicas).
- Certificado histórico de altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas o en su caso del establecimiento objeto de la ayuda.
- Foto del establecimiento.
- Certificado cuenta bancaria.
Véase Orden
Para más información, contactar con MUGAN, info@mugan-irun.com