Ayuda máxima de 3.000 euros para el Comercio del Gobierno Vasco

ayudas covid-19 para comercio
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PROGRAMA DE AYUDAS «COVID-19» AL SECTOR COMERCIAL

Ayudas destinadas al comercio minorista vasco, especialmente a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas y pequeñas empresas, para minimizar el impacto de la COVID-19.

Cuantía individual de las ayudas:

  • 100% de cada uno de los conceptos presentados.
  • Subvención máxima: 3.000 € por empresa.
  • En ningún caso, el total de gastos presentados y admitidos a subvención, excluyendo el IVA, será inferior a 750 € por empresa.

Beneficiarios

  • Empresario individual o Autónomo cuya actividad principal sea comercial.
  • Pymes, microempresas, pequeñas y medianas empresas que estén desarrollando la actividad comercial en el momento de la solicitud.

Y siempre que su actividad:

  • Se haya visto suspendida totalmente por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo.
  • Haya sufrido una reducción de sus ventas superior al 75%

Gastos subvencionables

  1. Los gastos de alquiler de un único local o finca urbana donde se desarrolla la actividad comercial, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.
  2. Las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios o personales destinados a cubrir la compra del local o finca urbana, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.
  3. El gasto de adquisición del stock de producto de temporada Primavera – Verano 2020 adquirido y recepcionado con anterioridad al 14 de marzo de 2020.
  4. Los siguientes gastos corrientes siempre que estén directamente relacionados con la actividad comercial objeto de subvención:
  1. Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros.
  2. Los gastos derivados de la contratación de servicios de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19 en la empresa comercial, con un límite máximo total de 150 €.
  3. Los costes de afiliación a asociaciones comerciales de ámbito local, comarcal, territoriales o CAE, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.

NO se subvencionará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).   NO se aceptarán gastos cuyo importe neto, excluido el IVA, sea inferior a 100 euros.

Fecha Solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 30 de mayo de 2020 y finalizará el 29 de junio de 2020

Puedes encontrar más información de la ayuda aquí o tramitar la ayuda directamente aquíPara más información ponte en contacto con la Oficina de Mugan, info@mugan-irun.com

¡Ánimo y salud!

 

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